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Tras largos años de espera el Gobierno sigue explicando que el Borrador de Real Decreto de Autoconsumo no está en un cajon repleto de polvo. Cuándo algo no interesa se bloquea… y para ejemplo un botón.
1. Modalidades de suministro con autoconsumo.
2. Modalidades de producción con autoconsumo.
3. Modalidades de producción con autoconsumo de un consumidor conectado a través de una línea directa con una instalación de producción.
4. Cualquier otra modalidad de consumo de energía e léctrica proveniente de una instalación de generación de energía eléctrica asociada a un consumidor.
Tras esta definición legal, el Gobierno nos señala que el Real Decreto por el que se regula el autoconsumo fue remitido para informe y trámite de audiencia a la extinta Comisión Nacional de Energía (CNE) en el mes de julio de 2013 e informado con fecha 4 de septiembre.
Dicho informe y las alegaciones recibidas en el trámite de audiencia están siendo analizadas por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo con objeto, en su caso, de incorporar en el texto a quellas modificaciones y mejoras que se consideren oportunas de acuerdo con el contenido de la citada Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
Llevan todo un año con este tema… y aún tienen la desfachatez de decir que no castigan el autoconsumo fotovoltaico a sabiendas de que significa un Ahorro para el consumidor dentro del contexto existente de Pobreza energética reinante que afecta a más de 70.000 familias sin luz en su casa.